Vulneración del derecho a la intimidad, dentro del contexto de las redes sociales
Vulneración del derecho a la intimidad, dentro del contexto de las redes sociales
La sociedad del Siglo XXI, se caracteriza por estar inmersa en un mundo globalizado y competitivo. En este contexto los sistemas comunicativos son dinámicos y cada día surgen nuevas modalidades de estar informados; es así, como las redes sociales constituyen un valioso recurso, dentro de la familia, escuela, amigos y profesiones para
intercambiar opiniones y conocer nuevas amistades. Sin embargo, siempre hay algunas limitantes a considerar dentro de su uso: disposición de equipo tecnológico, acceso a internet, compra de servicios de prepago y pospago, acceso a pornografía, extorsiones y daños a la moral. El estudio abordado fue de carácter explicativo, y se orientó a determinar el rol del Estado Salvadoreño, en la disposición y control de normas jurídicas para salvaguardar el derecho a la intimidad, fundamentalmente dentro del contexto virtual. La recolección de datos se realizó con usuarios de redes sociales, residentes en los municipios de
Santa Ana Chalchuapa y Metapán. También se entrevistó a profesionales del área del Derecho y a servidores públicos de la Fiscalía General de la República y de los Juzgados de lo Civil y lo Mercantil de la ciudad de Santa Ana. Los resultados obtenidos permitieron determinar que, en nuestro país la gran mayoría de personas son usuarios de redes sociales, principalmente de Facebook, Instagram, Whatsapp, Tik Tok, entre otras; que acceden todos los días a dichos servicios y coinciden en que, en el país no se garantiza el derecho humano fundamental a la intimidad personal. De acuerdo con los servidores públicos entrevistados, el Estado no dispone de un marco jurídico específico, para normar el respeto a la intimidad personal, solo se cuenta con disposiciones legales aisladas contenidas en el Código Penal, Ley Especial Contra Delitos informáticos y la LEIV. Palabras Clave: Derecho a la intimidad, redes sociales, NTIC, tratados internacionales, ley primaria, legislación secundaria .