Protocolo interinstitucional para el desarrollo de audiencias y diligencias por medio de videoconferencias y su guía pocedimental
La pandemia Covid 19 ha impulsado el uso de la tecnología en los procesos judiciales, y generalizado el uso de las videoconferencias en la sociedad, lo cual constituye una oportunidad de mejorar la eficiencia de
la gestión judicial. Por otro lado se requiere de la articulación de esfuerzos y coordinación de los tres Órganos del Estado, sus dependencias y el Ministerio Público, para el desarrollo de políticas y acciones que enfrenten el problema social de la violencia y delincuencia. Simultáneamente, es necesario reducir las barreras de infraestructura, geográficas y administrativas que afectan el acceso a la justicia de las personas privadas de libertad y todas las partes procesales, mediante el uso de las tecnologías de la comunicación. Una de las medidas más importante para estos fines es la realización de audiencias por medio de
videoconferencia en todo tipo de procesos judiciales, como se previó en la primera versión de este Protocolo en 2017. Esto obliga a las instituciones involucradas a actualizar las reglamentaciones necesarias y acondicionar sus instalaciones y servicios con miras a su efectiva realización. Las 100 Reglas de Brasilia establecen en el Capítulo IV referente a la eficacia de las Reglas, en el apartado 5 Nuevas Tecnologías, que: “Se procurará el aprovechamiento de las posibilidades que ofrezca el progreso técnico para mejorar las condiciones de acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad”. Y establece que una de las causas de vulnerabilidad es, entre otras, la privación de
libertad. El presente instrumento constituye una guía práctica actualizada en 2022 para facilitar la ejecución de audiencias y diligencias judiciales por medio de videoconferencia. Identifica y describe las mejores prácticas en el uso de la tecnología de videoconferencia por el Órgano Judicial, Corte Suprema de Justicia, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Procuraduría General de la República, Fiscalía General de la República y demás actores en el proceso penal, agregando de manera detallada las previsiones para la declaración de los peritos por videoconferencia.